El fin de el roaming en la Unión Europea se está haciendo de rogar. Pese a que su fin está fijado por la Comisión Europea para el 15 de junio de 2017, y pese a toda la polémica suscitada alrededor del asunto, parece que poder llamar desde otro país de la Union Europea que no sea el nuestro será posible… Bajo unas cuantas condiciones.
Estas limitaciones de uso, según informan en El País, han sido descritas en un borrador (no vinculante por el momento) y entre ellas se encuentra una bastante controvertida. Y es que, al parecer, los servicios de roaming gratuito se encontrarán limitados a noventa días al año o treinta días si el usuario se conecta de forma ininterrumpida.
Según explican desde la Comisión Europea, estas medidas tienen como objetivo promover el uso responsable de los servicios y no dar cabida a la competencia desleal entre operadoras.
En el borrador especifican que se obligará al usuario a volver a conectarse a su red doméstica en un plazo máximo de treinta días o de lo contrario, la operadora tendrá la posibilidad de comenzar a cobrar una tarifa superior a los usuarios que sobrepasen este límite o el de los noventa días anuales. En teoría, lo que se pretende evitar con esto es que personas que vivan en el extranjero mantengan sus líneas con el operador de su país de origen porque éstas sean más baratas en lugar de cambiarse a una nueva operadora doméstica del país en el que se encuentra.
En España las operadoras ya han realizado cambios con el roaming, aunque no todas. En el caso de Vodafone, no solo han atendido a las reducciones en las tarifas marcadas por Bruselas, sino que han eliminado por completo todo los costes por roaming a sus clientes. Orange no lo ha eliminado completamente, aunque si bien es cierto que ha ofrecido bonos de descuento para que sus clientes puedan utilizar los servicios en Europa sin cargos adicionales.
Por su parte, otras operadoras como Yoigo o el gigante Movistar, están apurando al máximo el tiempo que les queda sobrecargando a los clientes con las tarifas en el extranjero y no ofrecen ni facilidades ni bonos de ningún tipo.
Ante este nuevo y provisional borrador surgen aún muchas dudas. Por ejemplo, las personas que se muevan diariamente entre dos países distintos por trabajo agotarían en este caso los 90 días permitidos fugazmente, con lo cuál ¿qué solución existe para ellos? Parece que, según el borrador, éste y cualquier otro tipo de caso excepcional será tratado de forma concreta para evitar perjuicios.
Como comentábamos al principio no se trata más que de un borrador, así que por el momento tendremos que esperar para saber si se llevarán a cabo de forma definitiva las medidas expuestas en él, aunque por el momento podemos ver que la Comisión Europea está teniendo en cuenta las medidas exigidas por las operadoras antes que las de los usuarios de las mismas.